Todas las personas tienen el derecho a manifestarse en la vía pública, incluso si su postura es equivocada, o sea cual sea su postura política (desde ultraconservadores hasta anarquistas o comunistas). En este sentido, ni las autoridades ni otros ciudadanos tienen el derecho a impedir el ejercicio de su libertad de expresión.
El derecho a la libertad de expresión sobrepasa su límite cuando esta expresión afecta los derechos de terceras personas (desde el vandalismo a negocios, robos, hurtos, hasta violencia física hacia terceros), cuando esto ocurre, las autoridades tienen que hacer valer la ley y salvaguardar estos derechos que han sido violentados. Solo cuando esto ha sucedido, las autoridades deben intervenir de forma activa, y para ello deben usar la violencia mínima necesaria para poder neutralizar dicha afectación. Es decir, que las autoridades no se sobrepasen en el uso de la violencia ni utilicen más de la que es necesaria para evitar que sigan vandalizando o hurtando propiedad ajena.
Una protesta no puede ser reprimida porque es incomoda al gobierno, ello es un atentado contra los derechos más elementales de las personas, además de ser un desplante autoritario. La represión sólo debe usarse específicamente contra quienes en el acto afectan a terceros como lo mencioné anteriormente y solamente con la mínima violencia necesaria para que dejen de afectar a terceros y sean puestos a disposición de las autoridades.
Dichas autoridades tampoco pueden reprimir toda una protesta en conjunto sino sólo aquella parte que se ha involucrado en actos tales como vandalismo hacia negocios, robo y hurto, dejando a los inconformes pacíficos seguir protestando. La represión no debe usarse de forma indiscriminada, sino solamente contra aquellas personas de quienes se tiene seguridad que han cometido un acto ilícito y con el único fin de salvaguardar los derechos de los afectados.
De la misma forma, quienes afectaron los derechos de terceras personas mediante el robo o el hurto, deberán cumplir con la pena o sanción correspondiente a su acto. El castigo no deberá ser ni mayor ni menor y no podrá utilizarse con fines políticos, sino que deberá corresponder a lo que dicta la ley o el reglamento en cuestión.